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!!! JUNTOS...AHORA...SIEMPRE !!!

lunes, 23 de septiembre de 2013

ATENCION !!!! CUSCO, PERU !!! DEVUELVAN EL ANIMALITO EL DUEÑO ESTA DESESPERADO !!!

Comparto esta enternecedora imagen, un hermano colombiano está de visita en Perú pero no se irá hasta encontrar a su pequeño amigo en Cusco,.

Por favor ayúdemos compartiendo: Teléfono: 988951486 — aca esta el face Daniel martinez lso que quieran darle animo a encontar a su amigo y difudnir https://www.facebook.com/DANIELMARTINEZREYES

martes, 17 de septiembre de 2013

RIESGO CERO,QUEDA CLARO???????????? Riesgo de zoonosis cero en animales sin dueño o comunitarios. NO NOS DEJEMOS ENGAÑAR. TOMEMOS CONOCIMIENTO DE LA VERDAD.

Conciencia Y Participación En Derecho Animal Y Ambiental
ANTE sospechosos comentarios de parte de ZOONOSIS de Santa Rosa y su impotencia por no haber podido adherir al DECRETO 1.088 ACLARAMOS QUE LA RETRÓGRADA LEY ANTIRRÁBICA VIGENTE EN ARGENTINA DATA DE LA DICTADURA,QUE LE ESTADO TIENE LA OBLIGACIÓN DE VACUNAR EN FORMA GRATUITA ANUALMENTE,Y QUE NO HAY RIESGO ALGUNO!!!!!!!!!!!!!!!!CLARITO??????????DEBERÍAN SABERLO,LA ORDENENZA MUNICIPAL LO IMPONE,CUANDO VAN A TRABAJAR EN BENEFICIO DE LOS MÁS DESPROTEGIDOS????
RIESGO CERO,QUEDA CLARO????????????
Riesgo de zoonosis cero en animales sin dueño o comunitarios

¿Qué son las zoonosis y cómo se transmiten?

Las zoonosis son las enfermedades de los animales que se transmiten al hombre a través de virus, bacterias o parásitos, sea directamente –por contacto con el animal- o indirectamente –por contaminación del ambiente-.

¿Cuáles son las zoonosis que transmiten perros y gatos?

Las enfermedades transmisibles al hombre en canes y felinos que se registran de forma estacional o permanente en nuestro país son:

o Rabia
o Leptosipirosis
o Hidatidosis
o Toxoplasmosis
o Parasitosis externa (sarna, pulgas, garrapatas, piojos)
o Parasitosis interna (nemátodos, ascaris, giardias, dilofilaria)

¿Cómo puede garantizarse que los animales sin dueño o comunitarios no transmitan ninguna zoonosis?

A través de la prevención y el tratamiento clínico, es decir, bajo condiciones sanitarias controladas se puede garantizar un riesgo de transmisión “cero” para zoonosis, siendo necesaria la vigilancia epidemiológica permanente a través del diagnóstico.

¿Cómo pueden prevenirse o tratarse las enfermedades transmisibles?

Zoonosis Profilaxis Tratamiento

RABIA
Vacunación una vez por año a partir de los 3 meses y revacunación anual.
Aislamiento y control de la evolución de la enfermedad.

LEPTOSPIROSIS
Vacunación una vez por año y revacunación.

Antibiótico oral o intravenoso (penicilina, eritromicina).

HIDATIDOSIS

Albendazole cada 3 meses
Albendazole

TOXOPLASMOSIS

Antiparasitario cada 3 meses

Antibióticos por vía parenteral u oral (clindamicina, sulfamidas).

PARASITOSIS INTERNA

Antiparasitario oral (para nemátodos, platelmintos, ascaris y giardias)
Ivermectina (dilofilaria)

Idem Profilaxis

PARASITOSIS EXTERNA

Ivermectina: sarna y garrapatas
Amitraz: pulgas y piojos.

Idem Profilaxis

Quedaría fuera de la categoría de zoonosis transmisible por canes o felinos la leishmaniasis, puesto que los animales son meros reservorios de la enfermedad, no pudiendo contagiarse entre animales o de animales a personas, siendo su único vector el mosquito flebótomo. De todos modos esta enfermedad puede prevenirse a través de la aplicación de repelente deltametrina y puede tratarse con suministro de glucantime.

DENUNCIA, EL MALTRATO ANIMAL- ESTA PENADO POR LA LEY - CABALLOS, PERROS, GATOS, TODO ANIMAL ES UN SER VIVO, SIENTE,DOLOR,MIEDO, HAMBRE, SED, FRIO, CALOR.COMO VOS O COMO YO. DENUNCIA NO MIRES PARA OTRO LADO, SI LO HACES ERES COMPLICE DEL SUFRIMIENTO DEL ANIMAL.


Cuando se viola la Ley Nacional Penal Nº 14.346 se comete un DELITO PENAL.



¿CUÁNDO DENUNCIAR EL MALTRATO ANIMAL?

DIFUNDIR - GRACIAS

• Cuando una persona o grupo de personas (incluyendo menores de edad) provoca un sufrimiento, atenta o pone en grave riesgo la salud y bienestar (físico y psicológico) del animal, sea o no de su propiedad.

• El sufrimiento puede ser causado de muchas formas: someterlo a trabajo extenuante, con carga y jornadas que le provocan sufrimiento y lesiones físicas, falta de descanso, alimentación e hidratación adecuados o suficientes, uso de carros y accesorios obsoletos o no adecuados para el animal que le provocan lesiones y dolor, tortura, quemadura con fuego o con agua caliente, golpizas, ambiente insalubre, mantener al animal encerrado en espacios demasiado pequeños, mantenerlo aislado o permanentemente amarrado.

• El dueño del animal es responsable de tenerlo en buenas condiciones de salud. El que teniendo un animal no le da agua fresca, alimento, abrigo del sol de la lluvia y del frío, ni le auxilia en la enfermedad o accidentes (pudiendo hacerlo), ni permite que otros lo hagan comete acto de maltrato animal, o sea un delito.

PASOS DE LA DENUNCIA

1. TOMAR FOTOS/VIDEOS (con fecha) DEL CABALLO, y/o reunir testigos presenciales.
2. HACER DENUNCIA por violación a la LEY PENAL NACIONAL 14.346 que pena el maltrato y actos de crueldad hacia los animales (si puede llévela impresa):

- En ciudad de Buenos Aires: se puede hacer llamando en el momento a la fiscalía general: 0800-333-47225 (http://www.mpf.jusbaires.gov.ar/), se relatan los hechos, le darán un número de expediente o de IPP y le enviarán el móvil (puede demorar un rato, por eso si puede llame con tiempo, quédese hasta que llegue el móvil), este número telefónico esta habilitado las 24 horas, los 365 días del año. También se puede envíar la denuncia por e-mail a denuncias@jusbaires.gov.ar
Además podes hacer la denuncia personalmente acercandote a las siguientes fiscalías:

Fiscalias Zona Este:
- Beruti Nº 3345 (Piso 2º)
- Almafuerte Nº 37
- Combate de los Pozos Nº 155
- José León Súarez Nº 5088
Fiscalias Zona Sur - Sudeste:
- Bartolomé Mitre Nº 1735

Fiscalias Zona Norte:
- Cabildo Nº 3067 (Piso 3º)

Mapa con los barrios porteños que estan dentro de la jurisdicción de cada fiscalía:
http://www.mpf.jusbaires.gov.ar/lang/es/al-habitante/fiscalias-2/

- En provincia de Buenos Aires se llama al 911, a la comisaría de la zona o a la UFI correspondiente y se solicita presencia policial para detener el delito, ahí mismo cuando llegan se hace formalmente la denuncia, si no quieren tomarla debe recordarle al policía que como funcionario público es su OBLIGACIÓN tomar la denuncia por violación a una Ley Penal Nacional como es la 14.346. NO acceder a realizar una “EXPOSICION CIVIL”. Como ciudadanos tenemos obligación de denunciar ilícitos.

Una vez llegado el patrullero, SOLICITE SE IDENTIFIQUE AL MALTRATADOR, NOMBRE APELLIDO Y DNI, SE DECOMISE EL ANIMAL PARA corroborar su estado de salud con un veterinario y verificar los papeles de titularidad del equino. (Documento Ùnico Equino, Certificado de Anemia Infecciosa Equina, Guía de Ganado Caballar emitida por SENASA para circular, y Guías de Marca de la División de Marcas y Señales si el animal está marcado). Pida fotocopia del Acta de denuncia.

SIGA LA CAUSA: tome nota del número de sumario que se abra en la comisaría, del comisario u oficial a cargo en ese momento. Pida el número de la fiscalía donde se radicó la denuncia, teléfono y fiscal a cargo. Lo antes posible acuda personalmente a esa fiscalía y presente por mesa de entrada una nota donde adjunte pruebas (fotos o video), relato de testigos y TAMBIEN ES IMPORTANTE PROPONER POR ESCRITO A UNO O VARIOS DEPOSITARIOS JUCIDIALES PARA EL ANIMAL porque una comisaría no es el lugar adecuado para un equino, facilite a la Justicia este paso.

¿QUIÉN DENUNCIA?

• Como se trata de un delito de Acción Pública la denuncia puede ser efectuada por cualquier mayor de 18 años que haya tomado conocimiento de los hechos de maltrato. Dirigirse con DNI o cédula en mano a la comisaría o la Fiscalía más cercana al lugar de los hechos. Es importante además adjuntar pruebas (fotos o videos) y/o testigos. Esto ayudará al fiscal en su investigación y favorecerá el decomiso del animal.

¡¡¡ESTOS PASOS SE PUEDEN APLICAR TAMBIEN PARA HECHOS DE MALTRATO HACIA CUALQUIER OTRO ANIMAL!!!

Ante cualquier duda o consulta legal contactar a un abogado penalista que conozca y entienda sobre leyes u ordenanzas que penen el maltrato hacia los animales.

PARA DENUNCIAR LA VENTA ILEGAL DE ANIMALES:
En el caso de animales expuestos en negocios en malas condiciones o en la vía pública, se deberá denunciar en la Municipalidad correspondiente por violación a las normas referidas a la exposición y venta de animales vivos. Los teléfonos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son 0800-999-2727 / 0800-222-2247
En el interior del país, hay que comunicarse con la Municipalidad de la zona.

COMERCIO ILEGAL DE ANIMALES NO DOMÉSTICOS:
Se consideran animales de compañía a los perros y a los gatos.
Ellos, como animales, son las únicas dos especies que pueden vivir felizmente en nuestro hogar.

Los animales que no son domésticos (reptiles, aves, peces y el resto del mundo animal) sólo viven adecuadamente en su hábitat.
Al tener un animal silvestre como animal de compañía, lo estamos condenando a la peor de las existencias.

Puede dirigirse a ECAS (Estación de Cría de Animales Silvestres)Dirección: Camino Centenario Km. 16.200
Parque Pereyra Iraola - Partido de Berazategui - Buenos Aires
Teléfono: 0221-487-0920

Son pocas las especies cuyo comercio, lamentablemente, está permitido por la ley.
Aun así, la mayoría de estos animales provienen de la caza furtiva y del tráfico ilegal, el mismo que los somete a condiciones de vida deplorables, los mantienen y transportan hacinados, sufriendo el frío o el calor extremo, mal alimentados y enfermos; y que, sobre todo, es el principal causante de su extinción.

Para denuncias o consultas comuníquese con el Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina:Dirección: Moreno Nº 1417 - 3º Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfonos: (011) 4383-9586 / (011) 4381-3110


LEY NACIONAL PENAL Nº 14.346
(Llevar copia en el momento de la denuncia)

LEY 14346 - MALOS TRATOS Y ACTOS DE CRUELDAD A LOS ANIMALES,
Sancionada el 27/IX/1954; promulgada el 27/X/1954; y publicada en el Boletín Oficial el
5/XI/1954 - Código Penal


ARTÍCULO 1. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o
hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

ARTÍCULO 2. Serán considerados actos de mal trato:
1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;
2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les
provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;
3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las
estaciones climáticas;
4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;
5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;
6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

ARTÍCULO 3. Serán considerados actos de crueldad:
1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables en lugares o
por personas que no estén debidamente autorizados para ello;
2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de
mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por
motivos de piedad.
3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o
veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio,
salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;
4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable
según la naturaleza de la experiencia;
5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;
6. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el
caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del
nonato;
7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causándoles torturas o sufrimientos
innecesarios o matarlos por el solo espíritu de perversidad.
8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y
parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales.

ARTÍCULO 4. Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Ley Nº 2148 de la Ciudad de Buenos Aires
Prohibición de la tracción a sangre en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada en el año 2008.
Anexo I Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires

6.11.1 Limitaciones.
Está prohibida la circulación de vehículos de tracción animal en todo el territorio de la Ciudad de Buenos Aires.

Capítulo 6.11
Vehículos de tracción animal y jinetes

6.11.1 Limitaciones.
Está prohibida la circulación de vehículos de tracción animal en todo el territorio de la Ciudad de Buenos Aires.
Sólo se permite la circulación de jinetes del Cuerpo de Policía Montada, de mateos en las condiciones establecidas en el presente Capítulo y de vehículos de tracción animal y de jinetes por los sectores y en las condiciones que autorice especialmente la Autoridad de Aplicación, siempre que se encuentren afectados a eventos de carácter histórico o folklórico, actividades deportivas, exposiciones o paseos recreativos o turísticos.


Aclaración:
Cuando se viola la Ley Nº 2.148 de C.A.B.A. se comete una FALTA DE TRANSITO.
Cuando se viola la Ley Nacional Penal Nº 14.346 se comete un DELITO PENAL.

Fuente: http://animalitrus.blogspot.com.ar/2010/09/

DEFENDE LA VIDA ! PIDAMOS A LA PRESIDENTA C F KIRCHNER QUE VETE EL DECRETO 1088 ! NO A LA EUTANASIA


https://secure.avaaz.org/es/petition/DEFENDE_LA_VIDA_RECHAZA_LA_EUTANASIA_PARA_PERROS_Y_GATOS_CALLEJEROSAPOYA_EL_VETO_AL_DECRETO_1088_NO_A_LA_EUTANASIA/?fbss

SRA PRESIDENTA VETE EL DECRETO 1088 . ESTAN REALIZANDO MATANZAS MASIVAS DE PERROS Y GATOS EN VARIAS CIUDADES DEL PAIS AMPARADOS EN DICHO DECRETO NACIONAL SOBRE TENENCIA RESPONSABLE. ESTAS MATANZAS SON INDISCRIMINADAS Y TREMENDAMENTE CRUELES . ADEMAS AFECTAN TAMBIEN A LA POBLACION HUMANA Y OTROS ANIMALES . ES INADMISIBLE!!! . EL DECRETO 1088 REPRESENTA EN LAS PROVINCIAS QUE POSEEN LEYES NO EUTANÁSICAS UN VERDADERO RETROCESO Y DESOYE EL SENTIR DE LA GENTE QUE REPUDIA LA MATANZA DE PERROS Y GATOS Y EXIGE POLÍTICAS PÚBLICAS ÉTICAS Y EFICIENTES PARA EL CONTROL DE LAS POBLACIONES CANINAS EN SITUACION DE CALLE DENTRO DE LAS PREMISAS BÁSICAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA SANIDAD ANIMAL RECLAMAMOS COMO PRINCIPALES A LA VACUNACIÓN, LA DESPARASITACIÓN Y CASTRACION QUIRURGICA COMO METODOS DE PREVENCION

Por qué es importante

EL SACRIFICIO Y LA EUTANASIA hasta el presente, han demostrado carecer de fundamentos éticos y técnicos , siendo ineficaces e ineficientes por no actuar sobre las causas que originan la situación de superpoblación de animales callejeros . En consecuencia, no ha podido disminuir la cantidad de animales, ni tampoco han dado clara respuesta a la problemática de la Salud Pública y del Ambiente Sano
Porque DICHO METODO EUTANASICO REPRODUCE EL OBSOLETO Y DEMONIACO MODELO GENOCIDA que intenta sostener su poder y ascendiente solo a través del miedo y el terror
Porque no aporta ni favorece a la educación para el respeto y valoración de la vida en todas sus manifestaciones para las generaciones presentes ni venideras
Por que se desarrolla reproduciendo un sistema de crueldad despiadada que solo garantiza la perpetuación de patrones de accionar violentos e inhumanos hacia la población de manera subliminal -en especial la infantil -, con las inequívocas y nefastas consecuencias éticas que esto acarrea ya que se desliza la promoción del odio, la muerte y la eliminación de lo desigual en vez de crear condiciones de convivencia pacífica y civilizada entre los ocupantes de una sociedad (humanos o no)
SRa Presidenta: La ejecución de las matanzas en varias zonas de nuestro país han pasado por alto la toma de medidas necesarias para la prevención de esta situación concretando exterminios masivos de animales, que habitaban en el espacio público, a plena luz del día y frente a la consternación de población civil la cual -además-ha corrido serio riesgo de verse alcanzada por la intoxicación con los venenos utilizados, siendo también en algún caso afectados de intoxicación y muerte otras especies animales tales como aves .
ESTO DEMUESTRA LA GRAVEDAD DE LA SITUACION QUE SE HA CREADO
EN TORNO A UNA APLICACIÓN DEL DECRETO DESPROVISTA
DE NORMAS DE PREVENCION Y ETICAS BASICAS
Segun la Comisión Técnica Asesora en Normas de Procedimientos para el Manejo y Control de Poblaciones de Animales en Centros Urbanos de la Provincia de Buenos Aires, del Ministerio de Salud de esa Provincia hizo en 1995... , definen la TENENCIA RESPONSABLE como:

" la condición por la cual una persona tenedora de un animal asume la obligación de procurarle una adecuada provisión de alimentos, vivienda, contención, atención de la salud, control de la reproducción y buen trato durante toda la vida, evitando asimismo el riesgo que pudiere generar como potencial agresor o transmisor de enfermedades a la población humana, animal y al medio ambiente."
Como se puede apreciar, para que alguien pueda quedar encuadrado en la categoría de persona “responsable” -según esta definición- no se puede ser pobre .
NO ES ESTA UNA DEFINICION IGUALITARIA SI HOMOLOGA POBREZA A IRRESPONSABILIDAD
No existiendo servicio veterinario público el ciudadano -so pena de ser considerado “irresponsable”- tiene la obligación de pagar por servicio privado para “procurarle a ese animal atención de la salud, control de la reproducción … “ evitando asimismo el riesgo que pudiere generar como potencial agresor o transmisor de enfermedades a la población humana, animal y al medio ambiente”…. (sic)
ESTA MENTIRA DE LA TENECIA RESPONSABLE
NO ES MAS QUE ENVIAR A LA PERRERA Y ASESINAR A TODO PERRO O GATO
que ande por la calle por presuponer que si está en la calle no tiene un tutor humano
INFINIDAD DE ANIMALES CALLEJEROS SON CUIDADOS Y PROTEGIDOS POR LA COMUNIDAD LOS QUIEREN ASESINAR A TODOS ESCONDIDOS DETRÁS DE LA FIGURA DE LA TENENCIA RESPONSABLE?
La TENENCIA RESPONSABLE y el cuidado sanitario de perros y gatos no sólo conlleva el mejoramiento del estado sanitario de los mismos, sino que también contribuye directamente AL BIENESTAR DE LA POBLACION EN SU CONJUNTO. Debe considerarse que la tenencia responsable implica proveer al animal de los requerimientos básicos para su bienestar, a saber: la salud, la alimentación adecuada, el espacio de descanso protegido de las inclemencias del tiempo, el espacio para eliminar sus residuos, recreación, entre otros aspectos. Dentro de las premisas básicas para el mantenimiento de la sanidad animal se deben considerar como principales a la vacunación, la desparasitación y la esterilización quirúrgica, considerándose esta última importante para el control de la reproducción indiscriminada de animales.*
Además, como señala la RED ARGENTINA DE ENTIDADES NO EUTANASICAS (cito textual) … es asombrosa la falta de rigurosidad jurídica que presenta el Decreto, lo que lo hace pasible de impugnación. El uso de términos imprecisos como: "en lo posible se disminuirá la eutanasia"; "propiciar… la implementación"; "propendiendo a que la esterilización sea quirúrgica", "impulsar la desparasitación"; "impedir… la práctica de la eutanasia y el sacrificio indiscriminados"; (la eutanasia) "como último recurso”… "más inmediato e indoloro". Se señala en el documento que en estos términos se advierte la pluma de la corporación y sus personeros mediáticos. Es más, este decreto representará en las provincias que poseen leyes no eutanásicas un verdadero retroceso y desoye el sentir de la gente que repudia la matanza de perros y gatos y exige políticas públicas éticas y eficientes para el control de las poblaciones (cierro cita)
EN DEFINITIVA, ES DELEZNABLE ASUMIR EL ROL DE VERDUGO DE SERES QUE NO TIENEN IGUALDAD DE CONDICIONES PARA DEFENDERSE Y QUE SE ENCUENTRAN EN FRANCO DESAMPARO.

El Decreto debió prohibir la eutanasia sin dejar lugar a resquicios por donde pudieran colarse los "vendedores de soluciones mágicas" que ven en la eutanasia animal el incremento de diversos negociados sin miras de las cuestiones éticas.

SRA. PRESIDENTA DE LA NACIÓN DENTRO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE SU INVESTIDURA Y EN SU DEBER DE FUNCIONARIA PÚBLICA, LE PEDIMOS QUE VETE EL DECRETO Nº 1088.
Aun está a tiempo de un acto de PROFUNDA HUMANIDAD .
ESPERAMOS DE USTED
UN GESTO MAS DE AMOR POR LA VIDA
VETE EL DECRETO 1088
* (algunos fragmentos de este texto has sido extraídos de la publicación que sobre el tema realizara a través de FB la ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES DE SALTA ARGENTINA A.P.AN.,) 

ACTUAR ES IMPORTANTE !! Ahora, a diferencia de numerosas otras compañías aéreas, el consorcio Air France-KLM todavía transporta simios, perros y demás animales a los laboratorios. Es de hecho el primer transportador del mundo en este siniestro ámbito. Por su culpa, los animales son condenados a una vida de cautiverio y de sufrimientos, y esto a pesar de que importantes organismos científicos como la Association Pro-Anima se han dirigido durante meses al Director general de esta compañía para instarlo a detener este tráfico infame e invertir su dinero en alternativas a la experimentación en animales, por medio de métodos de substitución modernos y técnicas de punta. ¡Nunca se ha dado respuesta a estas demandas, por lo cual es importante que apoyemos todos esta grave causa!

¡Los pasajeros que no se ven!: ¡Alto al transporte de inocentes a los laboratorios por Air France, principal aerolínea transportadora de animales para la vivisección!

❧ Firma nuestra petición «Directivos de Air France: ¡Alto al transporte de animales para la vivisección!»: http://www.change.org/es-LA/peticiones/directivos-de-air-france-klm-alto-al-transporte-de-animales-para-la-viviseccion

Ilegalmente atrapados, monitos aterrados como el de esta foto son desgarradoramente arrancados a sus familias y a su hábitat natural en el sureste de Asia, y encerrados en cajas enrejadas para luego ser llevados a los laboratorios de investigación, donde serán abominablemente torturados por el resto de su miserable vida, hasta morir. Una espantosa realidad que todos debemos saber, dar a conocer y combatir.
He aquí un ejemplo de lo que estas empresas transportan:https://www.facebook.com/video/video.php?v=284453244904268

Ahora, a diferencia de numerosas otras compañías aéreas, el consorcio Air France-KLM todavía transporta simios, perros y demás animales a los laboratorios. Es de hecho el primer transportador del mundo en este siniestro ámbito. Por su culpa, los animales son condenados a una vida de cautiverio y de sufrimientos, y esto a pesar de que importantes organismos científicos como la Association Pro-Anima se han dirigido durante meses al Director general de esta compañía para instarlo a detener este tráfico infame e invertir su dinero en alternativas a la experimentación en animales, por medio de métodos de substitución modernos y técnicas de punta.
¡Nunca se ha dado respuesta a estas demandas, por lo cual es importante que apoyemos todos esta grave causa!

ACTUAR:

❧ Firma nuestra petición «Directivos de Air France: ¡Alto al transporte de animales para la vivisección!»: http://www.change.org/es-LA/peticiones/directivos-de-air-france-klm-alto-al-transporte-de-animales-para-la-viviseccion

❧ Déjale a Air France un mensaje en cualquier lengua su cuenta oficial de Twitter: @airfrance @AirFranceFR

❧ También puedes dejar un atento comentario en la página de Facebook de Air France: https://www.facebook.com/airfrance?sk=wall

❧ Escribe una carta directamente a lo directivos de Air France-KLM
¿Cómo proceder? Simplemente copia y luego pega el texto siguiente en francés, y enviarlo por e-mail a las direcciones que aparecen más abajo:

Messieurs les représentants d'Air France-KLM,

Je vous écris pour vous faire part de ma déception et de mon mécontentement : votre entreprise continue à transporter des animaux destinés aux laboratoires, et ce malgré le fait que l'opinion publique et un monde scientifique grandissant jugent l'expérimentation animale inefficace, inacceptable et inutile.
Dans ces lieux sordides, les animaux sont soumis à une souffrance extrême dans des expériences cruelles et sans intérêt. Ils peuvent subir, entre autres, des actes chirurgicaux invasifs sans anesthésie, des inhalations forcées de gaz nocif, des gavages de produits chimiques et l'injection de poisons.
Aussi, je vous demande de cesser immédiatement votre participation à ce commerce cruel, et de déclarer publiquement que votre entreprise ne transportera plus d'animaux destinés à l'industrie de la vivisection!

Merci.

Cordialement,

[Nombre / Name]

Enviar este mensaje a / send this message to / Envoyer ce message à (directivos de las aerolíneas):

phgourgeon@airfrance.fr; jcspinetta@airfrance.fr; peter.hartman@klm.com; phcalavia@airfrance.fr; albassil@airfrance.fr; chboireau@airfrance.fr; frbrousse@airfrance.fr; jlpinson@airfrance.fr; edodier@airfrance.fr; thbellon@airfrance.fr; frederic.gagey@klm.com; jan-ernst-de.groot@klm.com; leo.van.wijk@klm.com; cornelis.van.lede@klm.com, palawson@airfrance.fr, paleonard@segema.org, thlangiano@airfrance.fr, tobaker-ext@airfrance.fr, vpaligora@airfrance.fr, gaudence.ngoty@klmcargo.com, debabrata.bhattacharya@klmcargo.com, elena.dumitrache@klmcargo.com, fadieudonne@airfrance.fr, gulnar_i@yahoo.com, hamoumouni@airfrance.fr, jskere@airfrance.fr, kaakhtar@airfrance.fr, kbp@sky-xs.com, klmcargo@expolanka.com, klvuthi@airfrance.fr, mail.afklcargo.ireland@airfrance.fr, mail.cargosales.cgn@airfrance.fr, mail.cargosales.fra@airfrance.fr, mail.cargosales.grz@airfrance.fr, cralmeida@airfrance.fr, suabreu@airfrance.fr, a.ribeiro@klmcargo.com, jorge.pereiradacosta@klmcargo.com

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« La experimentación en animales es mala ciencia. Queremos buena ciencia.
La buena ciencia consiste en tres cosas:
- Debe ser específica a las especies,
- debe no causar daño,
- y tiene que estar basada en evidencia.
Los experimentos en animales fallan en todas las tres consideraciones ».
Dr. André Menache MRCVS.

❧ Ver nuestro video «Monos salvajes enviados a los laboratorios británicos»:https://www.facebook.com/video/video.php?v=284453244904268

❧ Ver nuestro video «Buena ciencia versus mala ciencia»:https://www.facebook.com/video/video.php?v=284282284921364

❧ Ver también nuestro video «El universo de la vivisección»:https://www.facebook.com/video/video.php?v=283902078292718

❧ Seguir a MUPRA en Twitter: @MUPRA_Mexico
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México Unido Por el Respeto a los Animales, MUPRA
Un alma, una vida, una consciencia.
Por un mundo de compasión y de respeto, derecho y libertad para todos.

SANTA FE - LA MALDITA PIROTECNIA - SIGUE MATANDO.- UN ANIMAL SE ACERCO A LA BOMBA ARROJADA POR LOS MANIFESTANTES Y MURIO POR EL ESTALLIDO

https://www.facebook.com/notes/centro-de-prevencion-de-crueldad-al-animal-cpca-argentina/un-perro-muerto-porque-arrojaron-una-bomba-ciudad-de-santa-fe/246122035512328

UN PERRO MUERTO PORQUE ARROJARON UNA BOMBA (CIUDAD DE SANTA FE)

14 de septiembre de 2013 a la(s) 20:01
Ayer durante la movilización del Gremio FOECYT,(Correo Argentino)  una bomba mató a un perro, el animal se acercó a la bomba arrojada por los manifestantes y murió por el estallido.

Hasta cuando la maldita pirotécnia?
Hasta cuando rienda suelta a la bestialidad humana?
Hasta cuando seguiremos involucionando?

RAZA HUMANA : LA MAS PELIGROSA DE TODAS !!!